.
.
.
Búsqueda avanzada
.
.
.
año:2004
 
institución:CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL (CCSS)
 
tipodocumento:BE Criterios y Pronunciamientos
 

92 resultados encontrados en 31 ms. Página 3 de 10
Descargar    Expandir/Colapsar
PAGE 3 R-DAGJ-610-2004 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las diez horas del siete de octubre de dos mil cuatro.------------------------------------------- Recurso de objeción interpuesto por la empresa Sistemas Informáticos Avanzados SIA S.A., en contra del cartel de la Licitación Restringida No. 2004-093, promovida por la Caja Costarricense de Seguro Social, para la contratación de servicios profesionales para la implementación de modificaciones al SIGNOS.--------------------------------------------------------------------------------------- I.- POR CUANTO: La empresa Sistemas Informáticos Avanzados SIA S.A., interpuso el presente recurso de objeción a las 11:28 horas del 23 de setiembre de 2004. ----------------------------------------- II. POR CUANTO: Esta División confirió audiencia especial a la Caja Costarricense de Seguro Social con el objeto de que se refiriera por escrito a los argumentos de la objetante y remitiera una copia fiel del cartel de la presente licitación. -------------------------------------------------------------------- III. POR CUANTO: La Caja Costarricense de Seguro Social mediante oficio DA-SACA-97-2004 del 1 de octubre de 2004, atendió esa audiencia especial. ----------------------------------------------------- IV. SOBRE EL FONDO: A) SOBRE LA ADMISIBILIDAD DEL RECURSO: De conformidad con lo dispuesto por el artículo 81 de la Ley de Contratación Administrativa, se podrá interponer ante esta Contraloría General de la República, recurso de objeción al cartel de una licitación pública o por registro únicamente, en virtud de lo cual esta Contraloría General carece de competencia para resolver el presente recurso de objeción al cartel de una contratación directa, en consecuencia, debe rechazarse de plano el referido recurso. B) OBSERVACIONES DE OFICIO: No obstante lo anterior, y de conformidad con lo establecido en el ordenamiento jurídico vigente, esta División estimó conoce ...
Fecha publicación: 09/10/2004
Fecha emisión: 06/10/2004
Institución: CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL (CCSS)
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL


4 4 R-DAGJ-600-2004 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las trece horas del primero de octubre de dos mil cuatro.-------------------------------------- Recurso de objeción al cartel interpuesto por Centro Optico Sali S. A., y Apex Médica S. A. representante de B. Braun Aesculap México en contra del cartel de la Licitación Pública 2004-042, promovida por la Caja Costarricense de Seguro Social para la compra de sistema para osteosintesis para fractura de cadera y supracondileas de fémur.--------------------------------------------- I-Por Cuanto: Tanto la Ley de Contratación Administrativa como su Reglamento General, han dispuesto la exigencia de acreditar, entre otros, el carácter de “oferente potencial” del objeto de la contratación de que se trate. Precisamente, el artículo 87.3 del Reglamento de cita señala claramente que “en el escrito de objeción deberá argumentarse al menos sucintamente, la legitimación, con indicación de la relación entre la actividad del potencial oferente y el objeto del concurso...” (el destacado es nuestro). Como se puede apreciar, la normativa que regula la materia de contratación administrativa es clara al distinguir que dicha acreditación, viene a constituirse en una exigencia de admisibilidad del recurso de objeción ante esta Contraloría General. En el caso particular, la objetante no acreditó su giro comercial, sin el cual no se puede determinar su interés legítimo en el concurso que se promueve y cómo el objeto de contratación puede limitar su posible participación al presente concurso. Centro Optico Sali S. A. no aporta evidencia idónea de que su actividad esté relacionada con la actividad objeto de contratación. De hecho la razón social que consigna como su representada (Centro Óptico Sali S. A.) no facilita ligar su actividad común con la contratación de marras (sistema para osteosíntesis para fractura de cadera y supracondileas de fémur). Sobre el particular, valga la ...
Fecha publicación: 07/10/2004
Fecha emisión: 04/10/2004
Institución: CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL (CCSS)
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL


PAGE 2 R-DAGJ-595-2004 (BIS) CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las once horas del treinta de setiembre de dos mil cuatro.-------------------------------------- Recurso de apelación interpuesto por Manrique Odio Koper en representación de ENHMED, en contra del acto de adjudicación de la Licitación por registro 2004-005 promovida por la Caja Costarricense del Seguro Social para la adquisición de cabeza con contrangulo para micromotor Kavo, recaído a favor de Instrumentación Médica y Dental de C.A. S.A. por un monto de ?142.500.00.-------------------------------------------------------------------------------------------------------- RESULTANDO I.-ENHMED indica que fue excluida técnicamente pese a contar con el menor precio. Sin embargo, en otro concurso presentó el mismo producto y había sido recomendado para efectos de adjudicación pero no fue seleccionado por ser de mayor precio su oferta. Por lo anterior, requiere la nulidad de la adjudicación y que se investigue esta situación.----------------------------------------------- II.-La presente resolución se dicta dentro del plazo establecido por ley, habiéndose observado durante su tramitación todas las prescripciones legales y reglamentarias pertinentes.-------------------- CONSIDERANDO I.- Hechos Probados: Este Despacho para la resolución del presente recurso ha tenido por probados los siguientes hechos: 1) Que la Caja Costarricense del Seguro Social promovió la Licitación por registro 2004-005 para la adquisición de cabeza con contrangulo para micromotor Kavo, sistema intramatic (folio 051 del expediente administrativo). 2) Que el acto de adjudicación recayó sobre Instrumentación Médica y Dental de C.A. S.A. por un monto de ? 142.500.00. (folios 231 y 233 del expediente administrativo)..--------------------------------------------------------------------- II.-De la admisibilidad del recurso presentado. 1) Conversión de las adjudicaciones ex ...
Fecha publicación: 04/10/2004
Fecha emisión: 01/10/2004
Institución: CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL (CCSS)
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: ANALISIS DE ADMISIBILIDAD DE RECURSOS DE APELACION
Notas de remisión: 11753-2004


PAGE 2 R-DAGJ-597-2004 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las diez horas del primero de octubre de dos mil cuatro.---------------------------------------- Recurso de objeción interpuesto por SISTEMAS INFORMATICOS AVANZADOS, S.A. en contra del cartel de la licitación restringida 2004-094, promovida por la CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL para la contratación de servicios profesionales para desarrollar el análisis, diseño e implantación del sistema de información de laboratorios clínicos.------ I. POR CUANTO: Sistemas Informáticos Avanzados, S.A. interpuso recurso de objeción en contra del cartel de la referida licitación, el 20 de setiembre de 2004.------------------------------------------------ II. POR CUANTO: Conforme a lo previsto por el artículo 81, de la Ley de Contratación Administrativa, el recurso de objeción en los casos de licitación pública y licitación por registro, se presenta ante esta Contraloría General y ante la propia administración contratante, en el caso de licitación restringida.------------------------------------------------------------------------------------------------- III. POR CUANTO: La recurrente objeta el cartel de una licitación restringida, articulación para la cual no es competente este Despacho, conforme al artículo 81, de la Ley de Contratación Administrativa, de manera que procede declarar el rechazo de plano del recurso, sin perjuicio de remitir una copia a la administración licitante para lo que estime procedente.----------------------------- POR TANTO De conformidad con lo expuesto y lo dispuesto en el artículo 81, de la Ley de Contratación Administrativa, SE RESUELVE: 1) RECHAZAR DE PLANO el recurso de objeción interpuesto por SISTEMAS INFORMATICOS AVANZADOS, S.A. en contra del cartel de la licitación restringida N 2004-94, promovida por la CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL para la contratación de servicios profesionales para desarrollar el análisis, ...
Fecha publicación: 04/10/2004
Fecha emisión: 01/10/2004
Institución: CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL (CCSS)
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL


PAGE 2 R-DAGJ-586-2004 Contraloría General De la República, División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José a las once horas del veintisiete de setiembre del dos mil cuatro.--------------------------------- Recursos de objeción al cartel de la Licitación Publica por Registro 2004-032, promovida por la Caja Costarricense de Seguro social para la adquisición de recipientes rígidos para desechos punzocortantes, instaurados por Dismédica de Costa Rica, S. A.; CR Medicall, S. A. y Representaciones Esquivel & Cía. ---------------------------------------------------------------------------- I. POR CUANTO: Dismédica de Costa Rica, S. A., mediante escrito presentado en tiempo objetó el cartel del presente concurso, para que se modifique en los siguientes aspectos: 1) Solicita que para el ítem dos se permita cotizar también recipientes de polietileno de alta densidad, producto que es de alta calidad y ha sido utilizado por la Institución así como a nivel mundial. 2) Solicita se prorrogue por quince días más la apertura para poder hacer los análisis de laboratorio ante la Universidad Nacional o de Costa Rica, requeridos en el cartel (ver escrito agregado en el expediente de objeción).-------------------------------------------------------------------------------------------------------- II. POR CUANTO: CR Medicall, S. A., mediante escrito presentado en tiempo objetó el referido cartel, solicitando que se amplíen las especificaciones técnicas requeridas para que se permita ofrecer para el ítem dos, recipientes para desechos punzocortantes con una capacidad de hasta 2 litros (ver escrito agregado en el expediente de objeción). -------------------------------------------------- III. POR CUANTO: Representaciones Esquivel & Cía. mediante escrito presentado el 14 de setiembre de 2004, impugnó el cartel de la referida licitación. ---------------------------------------------- IV.- POR CUANTO: La División de Asesoría y Gestión Jurídica confirió audiencia especia ...
Fecha publicación: 01/10/2004
Fecha emisión: 28/09/2004
Institución: CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL (CCSS)
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL


PAGE G-2 R-DAGJ-525-2004 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las trece horas del primero de setiembre de dos mil cuatro.------------------------------------ Recurso de apelación interpuesto por Healthcare Products Centroamérica S.A., en contra del acto de adjudicación de la Licitación Pública 2004-005 promovida por la Caja Costarricense del Seguro Social para la adquisición de guantes, recaído a favor de RFB Latex Limited por un monto de $215.400.00.-------------------------------------------------------------------------------------------------------- RESULTANDO I.-La apelante considera que fue indebidamente excluida del concurso, por aspectos de su muestra e incumplimientos técnicos, así como por el hecho de que el Informe de análisis debía ser realizado por el Laboratorio de Control de Calidad del Fabricante y en su caso se indicó que su informe no determinaba por quién fue elaborado, considerando la Administración que no cumplió con el Informe de análisis realizado por un laboratorio de control de calidad del fabricante. En su recurso se refiere a los supuestos incumplimientos y en relación con el informa del laboratorio del fabricante indica que este fue presentado con su oferta y menciona que como el laboratorio a American Bureau. Considera el apelante que ese informe incluye el rango de resultado aceptable de acuerdo a la norma para cada aspecto evaluado, tal y como lo solicita el cartel y viene firmado en su portada por el responsable del proceso. Agrega que el documento presentado incluye traducción oficial, información sobre la entidad comercializadora y no se omite la información solicitada por el cartel; la cual en todo caso debió evacuarse mediante subsanación y no a través de las descalificación de la oferta por parte de la Comisión de Implementos Médicos.------------------------- II.- Que la presente resolución se dicta dentro del plazo establecido por ley, habiéndose observado durant ...
Fecha publicación: 05/09/2004
Fecha emisión: 02/09/2004
Institución: CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL (CCSS)
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE APELACION (FONDO)


PAGE 3 R-DAGJ-517-2004 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las catorce horas del treinta de agosto de dos mil cuatro.--------------------------------------- Recurso de apelación interpuesto por Facer de San José S.A., en contra del acto de adjudicación de la Licitación restringida 2004-01 promovida por la Dirección de Servicios Institucionales de la Caja Costarricense del Seguro Social para la contratación de servicios de aseo y limpieza del nuevo Hospital de Alajuela, recaída a favor de Bioclin Ltda., por un monto de ¢47.496.722.00.----- RESULTANDO I.-La apelante considera que su oferta fue excluida indebidamente por precio ruinoso, en la medida que se utilizaron criterios extracartelarios para determinar el número de oficiales; en consecuencia, solicita que se anule el acto de adjudicación y se readjudique en su favor este concurso.--------------- II.- Que la presente resolución se dicta dentro del plazo establecido por ley, habiéndose observado durante su tramitación todas las prescripciones legales y reglamentarias pertinentes.-------------------- CONSIDERANDO I.-Hechos Probados: Este Despacho para la resolución del presente recurso ha tenido por probados los siguientes hechos: 1) Que la Dirección de Servicios Institucionales de la Caja Costarricense del Seguro Social promovió la Licitación restringida 2004-01 para la contratación de servicios de aseo y limpieza del nuevo Hospital de Alajuela (folio 69 del expediente administrativo). 2) Que el acto de adjudicación recayó sobre Bioclin Ltda., por un monto de ¢ 47.496.722.00. (folio 370 del expediente administrativo).--------------------------------------------------- II.-De la admisibilidad del recurso presentado. a) Aclaraciones en relación con la Administración Promovente. En este caso en particular, es necesario indicar que la promovente del concurso es la Dirección de Servicios Institucionales de la Caja Costarricense del Seguro Social que ...
Fecha publicación: 03/09/2004
Fecha emisión: 31/08/2004
Institución: CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL (CCSS)
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE APELACION (FONDO)


5 2 R-DAGJ-512-2004 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las diez horas del veintiséis de agosto del dos mil cuatro.-------------------------------------- Recurso de apelación interpuesto por AEC Electrónica, S.A., en contra del acto de adjudicación de la Licitación por Registro número STI-LR-20042003, promovida por la Caja Costarricense de Seguro Social, cuyo objeto es la compra de analizadores de protocolo, recaído a favor de TP e – Business Distribution, S.A., por ¢76.207.733,70.-------------------------------------------------------------- R E S U L T A N D O I. AEC Electrónica, S.A., interpuso recurso de apelación el 23 de agosto del 2004, a las 9:54 horas, por estimar que la adjudicataria ha presentado una plica que incumple y que, por lo tanto, se debe readjudicar el negocio a su favor.-------------------------------------------------------------------------------- II. En los procedimientos se han observado las prescripciones constitucionales, legales y reglamentarias, y, -------------------------------------------------------------------------------------------------- CONSIDERANDO I. HECHOS PROBADOS: 1) El concurso que nos ocupa, que fue promovido por la Caja Costarricense de Seguro Social, y cuyo objeto es la compra de analizadores de protocolo, recayó a favor de TP e–Business Distribution, S.A., por ¢76.207.733,70. (Vid. Folio 497 en expediente administrativo). 2) De las resoluciones del despacho del Señor Contralor, publicadas en las Gacetas del lunes 1º y miércoles 3 de marzo del 2004, se sabe que el presupuesto promedio para bienes y servicios no personales de la Caja Costarricense de Seguro Social es de ¢122.848,1 miles lo que, al ser así, la institución recurrida se ubica dentro del estrato A – institución con más de ¢32.700.000.000,00 de presupuesto. Además, “Artículo 84. –Cobertura del recurso y órgano competente. En contra del acto de adjudicación, el recurso de apelación cabrá en los ...
Fecha publicación: 29/08/2004
Fecha emisión: 26/08/2004
Institución: CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL (CCSS)
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE APELACION (FONDO)


PAGE 5 DIVISIÓN DE ASESORÍA Y GESTIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al Oficio Nº 10041 24 de agosto, 2004 DAGJ-2142-2004 Doctor Víctor A. Navarrete Acosta Subgerente Médico CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL Estimado señor: Asunto: Si no se presenta ninguna de las causales contempladas en el artículo 22 de la Ley de Contratación Administrativa, la negociación realizada no se encuentra afecta a la prohibición. Sin embargo, la Administración debe verificar el cumplimiento de la normativa interna a fin de descartar la existencia de eventuales nulidades. Damos respuesta a oficio SGMHNCM-0671-2004 de 16 de febrero, recibido el 20 del mismo mes, ambas fechas del año en curso, donde solicita nuestro criterio en cuanto a la legalidad de la participación de los médicos patólogos funcionarios del Hospital Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia, quienes a su vez son trabajadores de la empresa Asociación de Patólogos del Este, que le vende servicios de procesamiento y diagnóstico de biopsias a ese Hospital, utilizando las instalaciones, los recursos humanos, técnicos y financieros de la Institución. I.- Antecedentes: Señala que la Auditoría Interna en el Informe “Evaluación producción de biopsias Servicio de Patología, Hospital Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia”, dispuso a la Gerencia de División Médica consultar a la Procuraduría General sobre la legalidad de que los médicos patólogos quienes a su vez son trabajadores de la empresa que vende servicios de procesamiento y diagnóstico de biopsias, mantengan la relación contractual. Agrega que la Dirección Jurídica Corporativa emitió criterio donde indica que a la Procuraduría General no le corresponde atender asuntos competencia de otros órganos y que es la Contraloría General la que fiscaliza la Hacienda Pública. Manifiesta que la Auditoría Interna no tiene objeción de que se haga la consulta a este Órgano Contralor, por lo que solicita el criterio respectivo. Adjunta copia del Informe de Auditoría ...
Fecha publicación: 28/08/2004
Fecha emisión: 25/08/2004
Documento: 10041-2004.doc
Institución: CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL (CCSS)
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE ASUNTOS JURIDICOS ESTRATEGICOS (CRITERIOS)


PAGE 2 R-DAGJ-495-2004 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica San José, a las trece horas del diecinueve de agosto del dos mil cuatro.--------------------------------- Recurso de objeción interpuesto por Leonel Miranda P. Representación de Casas Extranjeras en contra del cartel de la LICITACION PUBLICA Nº 2004-038 promovida por la Caja Costarricense de Seguro Social para la compra de tiras de control químico a vapor.------------------ II.- POR CUANTO: La Caja Costarricense de Seguro Social promovió la Licitación Pública Nº2004-038 para la compra de tiras de control químico a vapor, la cual fue publicada en la Gaceta Nº 142 del miércoles 21 de julio del 2004; y en la Gaceta N° 160 del 17 de agosto del 2004 fue ampliado el plazo de recepción de ofertas hasta el día 20 de septiembre del 2004.----------------------- III.- POR CUANTO.- Que Leonel Miranda P. Representación de Casas Extranjeras presentó un recurso ante esta Contraloría el día 11 de agosto del 2004.-------------------------------------------------- IV.- POR CUANTO: Que la apertura de ofertas para la Licitación Pública Nº 2004-038 se señaló en principio para el día 30 de agosto del 2004 , y luego se amplió el plazo hasta el 20 de septiembre 2004 (Ver expediente de objeción). De conformidad con lo que dispone el artículo 81 de la Ley de Contratación Administrativa, el recurso de objeción debe ser interpuesto dentro del primer tercio del plazo para presentar ofertas, plazo en el cual no se toma en consideración, conforme al artículo 87 y 88 del Reglamento General de Contratación Administrativa, el día de la publicación del aviso pero sí el de vencimiento. Además se cuentan solo los días hábiles y no se toman las fracciones ( Ver RSL Nº1239-96 de 8:30 horas del 17 de octubre de 1996). Con fundamento en lo anterior, en el presente caso el primer tercio del plazo total para objetar ( 41 días) era de 13 días hábiles, razón por la cual ese primer tercio ...
Fecha publicación: 23/08/2004
Fecha emisión: 20/08/2004
Institución: CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL (CCSS)
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL